Reclamar IRPH
Cuando una persona solicita una hipoteca, debe contar no solo con el 20% del valor del inmueble, sino también con dinero suficiente para cubrir una serie de gastos que son necesarios, para poder protocolizar la hipoteca.
Después de una sentencia emitida por el Tribunal Supremo Europeo, en la actualidad se puede reclamar IRPH o pagos de intereses adicionales que se realizaron, antes de la firma del documento del crédito.
Gastos de hipoteca al banco
Lo primero que debe establecerse, es que los gastos de hipoteca o IRPH son egresos adicionales, que se producen al formalizar el préstamo. En el pasado las entidades bancarias siempre endosaban estos costes al cliente.
Dichos gastos se componen de, impuestos, constitución del contrato, seguros de daños del prestatario, porcentaje y gastos del avaluó, honorarios de gestoría, gastos notariales y la formalización del documento.
Gracias a la sentencia del 16 de julio del 2020, se estableció que dichos pagos eran abusivos y que generaban un daño al cliente. Así mismo, deberían eliminarse del contrato y reintegrar el dinero, a todos quienes ya habían cancelado.
Es importante explicar, que aquellas personas quienes solicitaron un crédito hipotecario a la banca española, tienen derecho a reclamar los gastos del crédito hipotecario.
Es indiferente si el préstamo se encuentra activo, si ya se terminó de cancelar o si se han realizado novaciones, sobre el monto que inicialmente se solicitó como crédito.
Los documentos que se deben tener a la mano para poder reclamar el IRPH son todas aquellas facturas, que están relacionadas directamente con los gastos hipotecarios.
Esto incluye los honorarios del valuador, incluso cuando los bancos obligan a realizar un segundo avaluó, esto tambien debe ser reintegrado por la entidad financiera.
Los impuestos sobre actos jurídicos documentados, también pueden ser anexados entre los documentos, pero solo si la hipoteca es posterior al 8 de noviembre del 2019.
Pasos para reclamar el IRPH
Después de contar con todas las facturas y documentos que certifiquen los ingresos, se debe acudir a la entidad bancaria, para de manera formal reclamar el reintegro del dinero.
La institución crediticia tendrá 60 días como plazo máximo, para responder favorablemente al reclamo. En caso contrario, se elevara una queja al banco de España, donde se manifiesta la negativa de la entidad a reconocer los costes.
Este ente financiero tendrá 4 meses, para emitir un fallo con relación a lo solicitado. En caso que según la entidad no sea procedente el reclamo, se recomienda demandar ante el juzgado.
Para ello es necesario solicitar el apoyo de abogados, quienes lleven adelante el proceso. Lo más importante es la experiencia de los juristas, ya que tendrán que enfrentarse al poderío legal del banco.
Vale resaltar que en caso de resultar victorioso, la entidad bancaria deberá cubrir los costos del juicio, además del reintegro del 100% correspondiente a los gastos IRPH.
Sin embargo, como se sabe dicho juicio pudiera tardar mucho tiempo. Por ello lo más idóneo sería, resolver el reclamo directamente con la institución financiera que presto el dinero.